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jueves, 14 de julio de 2011

Aspectos legales del Social Media en Venezuela

Quizá no sea nuestro post más entretenido, pero sin duda alguna, reviste interés para todas aquellas personas que hacemos social media, seamos personas naturales o empresas.

Hace tiempo queríamos abordar este tema, pero le habíamos dado largas al asunto. Sin embargo, a propósito de un artículo publicado en Mashable y traducido al castellano por Marketing Directo, creímos oportuno enfrentarnos al tema y señalar algunos aspectos legales que debemos tener en cuenta las compañías dedicadas al social media a la hora de lanzar una campaña en redes sociales.

En este sentido, Mashable hace énfasis en la actitud de los consumidores y las respuestas que ellos pueden dar en redes sociales y los tips que recomiendan más que legales son de sentido común, además que lógicamente no se adaptan a la realidad venezolana, por cuanto el artículo se refiere al mercado norteamericano.

Aunque no somos abogados, creemos que además de tener en cuenta el aspecto legal de las actuaciones de los consumidores en redes sociales respecto a determinada marca o campaña lanzada en éstas, debemos ir más allá y tener presente lo siguiente:

1. Aspectos legales a nivel interno (para las compañías de social media):
La empresa debe estar constituida de acuerdo con las especificaciones del Código de Comercio y cumplir con la inscripción en el correspondiente registro, además de tener toda la información fiscal al día. Es obvio, pero muchas empresas no lo saben y por eso surgen problemas a futuro. Esto además sirve para que puedan ser contratadas por otras empresas como proveedoras de servicios.

Asimismo, las empresas que presten servicios de social media, deben suscribir contratos con sus clientes, en los que se definan el alcance de los servicios, las obligaciones y derechos de cada parte, así como el régimen tarifario de los servicios prestados, los casos de disolución anticipada del contrato, cómo se van a resolver eventuales disputas que surjan en ejecución del contrato (esto es, si se pelea en tribunales o se opta por el arbitraje comercial), entre otros aspectos que deben estar sentados por escrito. Y cuando decimos por escrito no es en un correo electrónico: es un contrato, para evitar problemas a futuro.

2. Aspectos legales a nivel de campañas de social media y mercadeo
Si bien Venezuela está atrasada en lo que se refiere a la regulación legal del comercio electrónico, respecto a otros países de Latinoamérica y España, lo cierto es que está en vigencia la Ley para la Defensa de las personas en el Acceso a los bienes y servicios (si el nombre es muy largo, preferíamos la sencilla denominación de Ley de Protección al Consumidor y Usuario) y en ella se regula el comercio electrónico y la publicidad  e información.

En este sentido, hay que estar muy claros en lo que permite la ley y lo que no, sobre todo en el tema de promociones y concursos, ya que el ente regulador en esta materia (INDEPABIS) está muy pendiente de lo que hacen las empresas a nivel de mercadeo y publicidad, tanto online como offline y si se incumplen los términos de la ley, las empresas pueden ser sancionadas con multas que no son nada económicas.

Por eso, si la empresa de social media está gestionando una marca respaldada por una compañía, es necesario trabajar de la mano con el Departamento de Mercadeo y el Departamento Legal en el diseño de estrategias de social media y campañas en redes sociales a los fines de cumplir con los requisitos previstos en esta Ley.

Además hay que tener en cuenta, las regulaciones especiales de algunos productos como el alcohol, ya que las promociones y publicidad en estos casos están fuertemente reguladas.

Suena obvio lo que estamos diciendo, pero a veces en nuestro afán de crear campañas innovadoras y super creativas a través de promociones y concursos en Facebook o Twitter, tratando de emular lo que se hace en los demás países, nos olvidamos que eso tan "cool" que estamos diseñando puede contravenir normas establecidas en la Ley.

Por último, hay que concoer al dedilo los términos y condiciones establecidos en cada red social, a los fines de no contravenir sus regulaciones internas.

Si algún abogado lee este post por favor corríjanos o complemente estos comentarios, sabemos que es un tema aburrido, pero hay que tenerlo presente y conocerlo muy bien para evitar demandas judiciales, multas, cierres o fiscalizaciones.

Es preferible contratar a un abogado para que nos asesore y nos blinde en nuestras actividades diarias que para que nos saque las patas del barro en algún problema legal que tengamos por desconocimiento de la ley.


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En SigueMarcas brindamos asesoría y gestionamos Marcas en Redes Sociales a tiempo completo. Amamos todo lo que la tecnología nos ofrece y hasta donde puede llevarnos. Nos encanta la creatividad, los buenos libros y las películas. No creemos en términos como “Gurú”, sino en hacer bien nuestro trabajo todos los días.

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2 comentarios:

  1. Despues de leer este artículo, busque alguna info en indepabis que regule internet y no conseguí nada salvo los requisitos normales para promociones, rifas y ofertas de productos y servicios, que debe ser notificado si se hará por internet:

    http://www.indepabis.gob.ve/institucion/promocion-y-educacion/requisitos

    SEGUN ESE ARTICULO EN INDEPABIS NO SE REQUIERE AUTORIZACIÓN PARA LO SIGUIENTE:

    - Impulso de un producto (de existir ofertas, deberá solicitar la autorización respectiva)
    - Degustaciones (que hasta ahora internet no a logrado hacer este milagro en degustaciones Online =) los supermercados o centros comerciales deberán solicitar los permisos ante el Ministerio del Poder Popular para la Salud y otros organismos correspondientes)
    - Muestras gratis
    - Publicidad simple de bienes y/o servicios.

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  2. Hola Juan Carlos, gracias por compartir esta información con nosotros. Los artículos 31 al 40 de la Ley para la Defensa de las personas en el Acceso a los bienes y servicios regulan el comercio electrónico y también hacen referencia a la publicidad e inclusive al email marketing (artículo 34). Si bien se refiere al comercio electrónico, dada la falta de regulación que hay en Venezuela sobre estos temas y visto que utiliza términos muy genéricos nosotros estimamos que estos artículos se aplican a las campañas de social media. En todo caso, nosotros consideramos que es mejor prevenir que lamentar y ante la duda, es preferible aplicar las normas en materia de publicidad y mercadeo offline a las estrategias digitales. Que tengas un feliz día!!!

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